La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este miércoles la eliminación de zonas para fumadores en interiores, restringiendo su ubicación exclusivamente a espacios al aire libre. La Segunda Sala de la SCJN negó el primer amparo contra la reforma de febrero de 2022 a la Ley para el Control del Tabaco (LGCT), la cual permitía zonas para fumadores en espacios interiores aislados.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la SCJN determinó que esta medida respeta los principios de libertad de comercio, igualdad, no discriminación y progresividad. Se sostiene que la ley garantiza espacios de convivencia entre personas fumadoras y no fumadoras, protegiendo el derecho a la salud de ambas partes.
El fallo, emitido en la sesión del 13 de marzo de 2024, destaca que la medida no vulnera la libertad de comercio de los establecimientos abiertos al público, siempre y cuando no estén relacionados con la producción, distribución y comercialización de productos del tabaco.